24 agosto 2010

Mancomunidades Españolas. Análisis de un caso.


1.- Introducción a las mancomunidades. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.


                Si quisiéramos explicar a una persona poco conocedora de la geografía y en general, de cualquier tema relativo a las competencias territoriales, deberíamos decirle a groso modo que una mancomunidad, es una asociación de municipios (sin que estos tengan que limitar entre ellos) que pretenden gestionar uno o varios servicios de manera que si lo tuvieran que hacer individualmente no les sería posible responder de los gastos por diversos motivos, aunque en general es por falta de recursos económicos.
            Las mancomunidades como se contemplan en la actualidad, nacen a partir de la redacción de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases del Régimen Local. Esta Ley, a escala municipal y en el aspecto competencial, viene marcada por dos artículos: el artículo 26 y el 44.
            En el artículo 26, destaca la definición de aquellos servicios mínimos que un municipio o su asociación deben prestar a sus habitantes, distinguiendo entre los servicios que deberán prestar todos los municipios sin excepción y los servicios que deberán prestar aquellos municipios que sobrepasen un cierto umbral de población: superiores a 5.000 habitantes, superiores a 20.000 y superiores a 50.000.
            El artículo 44, de manera específica trata de las mancomunidades, concretamente se reconoce el derecho de los municipios a concebir tal asociación, contempla su personalidad y capacidad jurídica, su procedimiento de aprobación así como el de su modificación o supresión.

2.- Las Mancomunidades en la actualidad. El caso de las Baleares.


En el año 2005 se contaban por un total de 937 mancomunidades en todo el territorio nacional español repartidas en cincuenta provincias. Las mancomunidades, suelen reiterarse en el tipo de servicios u obras que de manera mancomunada llevan a cabo. Así, por ejemplo, los propios nombres de las mancomunidades, en muchas ocasiones, explicitan el tipo de servicio que prestarán en conjunto, como  la Mancomunidad Turística de Tentudia (Badajoz) para la promoción turística de una zona en concreto, la Mancomunidad de Aguas de Rivera de Gata (Cáceres) para el servicio de abastecimiento de agua potable, la Mancomunidad del Servicio de recogida de basuras de Valdemembra (Albacete) que gestiona tal recogida o por ejemplo la Mancomunidad para la Prestación del Servicio de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos de la Ruta de Torvizcón (Granada) de máxima especificidad.

En el caso de las Illes Balears, aglutina un total de siete mancomunidades, seis de las cuales se encuentran en la isla principal (Mapa 1). Las obras y servicios que llevan a cabo son diversas. La Mancomunitat del Pla de Mallorca, con 14 municipios, se configuró para la recogida y eliminación de residuos sólidos en general. Lo mismo ocurre con la Mancomunitat d’es Raiguer (diez municipios), la Mancomunitat de Tramuntana (tres municipios) y la Mancomunitat Intermunicipal Sud-Mallorca (cuatro municipios). Por su parte, la Mancomunitat Migjorn de Mallorca reúne servicios como el abastecimiento de agua, la gestión de explotaciones ganaderas o de las viviendas rurales. Finalmente, en Mallorca tenemos la Mancomunitat de la Zona Nord de Mallorca integrada por la unión de seis municipios, la cual, presenta la mayor diversificación en cuanto a los servicios que conjuntamente prestan, donde además de gestionar la recogida y tratamiento de residuos sólidos, promocionan la actividad turística, el tratamiento del litoral que comparten, seguridad ciudadana y protección civil, servicios funerarios y hornos crematorios, etc. Ya en la isla de Ibiza, encontramos la Mancomunitat “Matadero Insular d’Eivissa” que aglutina cinco municipios que gestionan este tipo de actividad tan concreta.


3.- Análisis de una mancomunidad española: Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental.

Tabla 1.- Elaboración propia a partir de datos del INE y la Agencia Estatal de Meteorología.
En primer lugar, comentaremos los aspectos demográficos y geográficos de la zona para pasar, posteriormente, a describir el papel que juega esta mancomunidad en la provincia andaluza de Málaga.

A partir de los datos de la tabla 1 podemos establecer lo siguiente:
Ø  La Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental se compone de un total de 11 municipios (detallados en la tabla anterior), entre todos ocupan una superficie total de 978,3 Km2.
Ø  En la Mancomunidad, encontramos desequilibrios importantes entre la superficie de éstos y su población, así, algunos de los municipios de mayor superficie presentan los menores porcentajes de población: véase el caso de Casares, Benahavís o Istán. También existe el caso contrario como Torremolinos, Fuengirola, Benalmádena, con relativa poca superficie presentan elevados porcentajes de población debido, obviamente, a su carácter turístico.
Ø  Particularmente, se ha de mencionar el caso del municipio de Marbella. Representa una tercera parte de la población total de la Mancomunidad. Seguramente sea el municipio turístico por excelencia de toda las Costa del Sol, de Andalucía y del litoral mediterráneo peninsular.

3.1.- Breve descripción de la Mancomunidad en cuestión.


                Hace algo más de un cuarto de siglo, que la Mancomunidad de la Costa del Sol Occidental se formó. Como muchas de las mancomunidades creadas por aquellos entonces (década de los ochenta), nuestra mancomunidad en cuestión pretendía la gestión conjunta de toda una serie de servicios básicos que prácticamente cualquier mancomunidad de cierta entidad en la actualidad contempla (recogida de basuras, gestión del agua y su saneamiento, etc.). La mancomunidad, se compone de dos representantes de cada municipio, en nuestro caso harían un total de 22 representantes, de los cuales once son los respectivos alcaldes de cada municipio integrante de la mancomunidad. Estos 22 representantes conforman lo que se denomina la Comisión Gestora, que evidentemente es la encargada de planificar la gestión de los servicios que la mancomunidad prestará de manera mancomunada.
            La Mancomunidad, en cuanto a sus representantes se refiere, se renueva con cada periodo de elecciones municipales, así, con cada cuatrienio se renuevan, si se diera el caso, alcaldes y demás funcionarios públicos. Actualmente, en la legislatura 2007-2001 la Mancomunidad se sostiene por un pacto entre diferentes partidos políticos (Izquierda Unida Los Verdes-Convocatoria por Andalucía, Partido Socialista Obrero Español, Partido Popular, Agrupación Socialista de Manilva y el Grupo Socialista Independiente de Ojén).

3.2.- Servicios prestados por la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental.


                En primer lugar, en este apartado cabe destacar el papel tan importante que Internet ha jugado en la eclosión de ciertas mancomunidades a la hora de prestar de manera mucho más eficiente servicios varios a sus poblaciones. En la imagen siguiente, se muestra la página principal de la web de la mancomunidad.

 Los servicios prestados por la Mancomunidad, abarcan ocho ámbitos específicos, sobre los que los municipios mancomunados actúan (Imagen 1).

            Vamos a desglosar uno por uno estos servicios para concretar aún más cómo la Mancomunidad gestiona el territorio de la Costa del Sol Occidental:
Ø  Urbanismo: Estudio, planeamiento, proyección y desarrollo de obras, instalaciones y servicios municipales, asesoramiento y control o inspección, mediante la creación de una Oficina Técnica común a todos los municipios mancomunados.
Ø  Incendios: en este apartado, se lleva a cabo la proyección y construcción de un Parque de Incendios que sea capaz de gestionar más eficazmente este tipo de riesgo natural o provocado.
Ø  Abastecimiento de agua y saneamientos: financiar las obras, instalaciones y servicios de esta naturaleza que efectúen en el territorio de los municipios que integran la Mancomunidad, así como la explotación y conservación de los mismos, a fin de prestar el servicio adecuado que los tiempos demandan.
Ø  Playas: limpieza, mecánica, y de acuerdo con los municipios, Plan de Ordenación de Costas y regulación de las concesiones temporales de las playas.
Ø  Turismo: fomento y promoción del mismo, con posibilidad de formación de un Consorcio entre la Mancomunidad y la Secretaria de Estado de Turismo, así como la Junta de Andalucía.
Ø  Basura: destrucción y tratamiento técnico y sanitario de basuras y previsión del servicio de recogida de las mismas.
Ø  Maquinaria: Parque de Maquinaria para utilización en servicios comunes como alumbrado, limpieza, alcantarillado, etc.
Ø  Otros: la Mancomunidad podrá asumir otras actividades, que propuestas por la Comisión Informativa correspondiente, integrada por los Delegados de Servicio de cada municipio y por los miembros que correspondan de la Comisión Gestora, si se aprueba por ésta y los municipios interesados lo ratifican, en especial en materia de cultura, medio ambiente, deportes y otras competencias de tipo municipal.

En el marco de estas competencias la Mancomunidad ha sido capaz de desarrollar proyectos que han supuesto un gran aporte al desarrollo económico de la Costa del Sol y un ejemplo en la gestión pública de unos recursos que benefician al conjunto de la población. Tal es el caso de la empresa pública ACOSOL S.A creada por la Mancomunidad para la gestión de los servicios de abastecimiento de agua y saneamiento de los municipios mancomunados.
Los servicios de abastecimiento de agua y saneamiento junto con el tratamiento de residuos han sido hasta ahora los puntos fuertes en la gestión de la Mancomunidad. Sin embargo el futuro que se plantea para esta entidad supramunicipal se dirige a la consolidación de ésta como principal instrumento para el desarrollo social y económico de la Costa del Sol con actuaciones que van más allá en el planteamiento de sus objetivos. La Mancomunidad se convierte en una entidad donde recoger las necesidades de los municipios mancomunados y así dar una respuesta eficaz y eficiente en la prestación de los servicios que cubrirán estas necesidades.


4.- Conclusiones.


            Si algo puede y debe quedar claro con respecto a las mancomunidades, es su enorme importancia, no sólo por el número tan elevado de municipios que presentan dicha asociación de carácter supramunicipal, sino porque las competencias en algunos servicios que llegan a adquirir en muchas ocasiones, son el reflejo de la situación actual en las relaciones transversales entre el Estado o la Administración Central, las Comunidades Autónomas y los municipios. No obstante, en ningún caso la prestación de servicios por las mancomunidades deben vaciar de contenidos a los propios municipios que mancomunan (Amer, Haas, Riera y Vilaplana, 2005).
            Estos mismos autores, destacan la flexibilidad de la entidad mancomunada, ya sea por su facilidad de creación o disolución, ya sea por su extensión, que puede extenderse a través de diferentes provincias y sin continuidad territorial obligatoria, así como por su facilidad a la hora de modificar o ampliar sus objetivos. Es importante la creación de Consorcios que puedan establecerse entre las mancomunidades y entidades de carácter autonómico o nacional, de esta forma, algunas Comunidades ven como una oportunidad de agilizar gestiones y prestar servicios de manera más eficaz la creación de mancomunidades, así muchas impulsan se existencia.
            Debemos tener presente también, que las mancomunidades no se extienden a lo largo y ancho del territorio español, existen Comunidades Autónomas, como en el caso de Cataluña, donde es la comarca la entidad supramunicipal por excelencia, de todas maneras, éstas vienen también contempladas en la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local de 1985 y por lo tanto, a efectos prácticos, excepto algunos matices, funcionan como las mancomunidades.
            Por otra parte, sería una ingenuidad, el pensar que la asociación intermunicipal es una novedad del siglo XX. Ya en la Edad Media, existían tales asociaciones bajo nombres distintos obviamente, y básicamente destinadas a la gestión de recursos forestales. A pesar de esto, si es cierto que la evolución de las mancomunidades fue espectacular durante el pasado siglo y sobre todo los primeros años del tercer milenio, así de 67 mancomunidades en el año 1975 pasamos a un total de 937 en 2004, esto supone  multiplicar en tan sólo 30 años por 14 el total de mancomunidades (Amer, Haas, Riera y Vilaplana, 2005), una progresión aritmética extraordinaria. Esto se refleja en que el 70% de los municipios españoles forman parte de alguna mancomunidad. El paradigma de la mancomunación es sin lugar a dudas Navarra, donde el 99,2% de los municipios forman parte de alguna mancomunidad, aunque la Comunidad Autónoma de Castilla-León es la que más mancomunidades presenta, el 25% del total del estado, una cifra muy importante teniendo en cuenta que la segunda, Castilla La Mancha tiene el 13%. El siguiente mapa, extraído del artículo “Las Mancomunidades en España” (Amer, Haas, Riera y Vilaplana, 2005) del Boletín de la A.G.E. N.º 39 - 2005, págs. 151-176, muestra de color gris aquellos municipios mancomunados en el año 2004. A simple vista se observa el elevado número de municipios adheridos a mancomunidades.



            Como ya se apuntó al comienzo de este trabajo, el objetivo principal de que los municipios formen mancomunidades es el de aumentar la calidad con la que se ofrecen determinados servicios a los habitantes de estos municipios. Cabe recordar, que los servicios que se prestarán mancomunadamente no excederán el ámbito competencial del municipio, aún así, las mancomunidades llegan a gestionar casi todos los servicios posibles de ámbito municipal. Iterativamente, unos servicios aparecen gestionados por mancomunidades más que otros, así, por ejemplo, Residuos, agua y limpieza junto con la promoción social, acaparan casi el 40% de los servicios que en el total de mancomunidades españolas se prestan. Obviamente, los servicios que se vayan a prestar de forma mancomunada dependerán en buena medida de la situación geográfica de la mancomunidad. Mancomunidades litorales presentan, además de los típicos servicios (40% comentado anteriormente) la promoción turística; mancomunidades en el ámbito rural o urbano impulsarán otro tipo de actividades como la gestión forestal, el urbanismo, etc.
            Las mancomunidades, desde su temprana aparición, se ha constituido en un elemento principal de varias situaciones: ha permitido la sostenibilidad económica de poblaciones rurales de escasa población que por sí mismas no hubieran podido atender servicios indispensables, las poblaciones más urbanizadas han podido acceder a una mejor gestión cualitativamente hablando y a un ahorro económico considerable al mancomunarse. Ya se ha comentado la flexibilidad de las corporaciones municipales, y desde mi punto de vista, tal característica es primordial para entender que el crecimiento de las mancomunidades haya sido tan importante en los últimos treinta años.

 5.- Bibliografía y Recursos Electrónicos.

Ø  Amer, C., Haas, C., Riera, P., Vilaplana, V. Las Mancomunidades en España. Boletín de la A.G.E. N.º 39 - 2005, págs. 151-176.
@  Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental. http://www.mancomunidad.org/inicio.asp.
@  Ministerio de Administraciones Públicas. Acceso a las Mancomunidades. http://www.dgal.map.es/cgi-bin/webapb/webdriver?MIval=mancprov.
@  Federació d’Entitats Locals de les Illes Balears.
@  Ministerio de la Presidencia. LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DEL REGIMEN LOCAL.
@  Instituto Nacional de Estadística.

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